Un total de 38 patologías pueden influir en la evaluación médica que determina si una persona obtiene o renueva su licencia de conducir en Chile. El listado aparece en la Resolución Exenta 1194, publicada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en 2020, que aprobó un instructivo dirigido a los médicos de los Gabinetes Técnicos Municipales.
El documento es claro en un punto: tener un diagnóstico no significa perder el permiso de manera automática. El examinador analiza la enfermedad, su gravedad, los síntomas que presenta el postulante, los controles médicos que mantiene y el tipo de licencia que solicita. Con esos antecedentes puede aprobar el trámite, reducir la vigencia del documento, pedir informes de un especialista o rechazar la solicitud.
La Ley de Tránsito respalda ese criterio cuando establece que "no se otorgará licencia de conductor a quien carezca de aptitudes físicas o psíquicas" para manejar de forma segura. El reglamento, además, detalla las enfermedades y alteraciones que pueden impedir la conducción.
Las 38 patologías que pueden afectar la licencia de conducir
El instructivo considera las siguientes enfermedades y condiciones de salud:
- Trastornos por consumo de alcohol.
- Diabetes mellitus tipo 1 y 2.
- Epilepsia.
- Cáncer.
- Alzheimer u otras demencias.
- Infarto agudo al miocardio.
- Hipertensión arterial.
- Aneurisma aórtico abdominal y torácico.
- Angina de pecho.
- Angioplastia.
- Arritmia.
- Terapia anticoagulante.
- Desfibrilador cardíaco implantado.
- Aneurisma cerebral.
- Marcapasos cardíaco.
- Cardiopatías congénitas.
- Paro cardíaco.
- Bypass de la arteria coronaria.
- Miocardiopatía dilatada.
- Alteraciones en electrocardiograma.
- Insuficiencia cardíaca.
- Trasplante cardíaco.
- Enfermedades de las válvulas del corazón.
- Síncope cardioinhibitorio, por disfunción vasovagal o autonómica.
- Miocardiopatía hipertrófica.
- Crisis de isquemia transitoria.
- Trastornos psiquiátricos.
- Uso de benzodiacepinas.
- Consumo perjudicial o dependencia de drogas ilícitas.
- Insuficiencia respiratoria crónica.
- Trastornos neuromusculares, como esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson y distrofia muscular progresiva.
- Traumatismo encéfalo craneano.
- Accidente vascular encefálico.
- Disfunción vestibular.
- Defectos anatómicos o funcionales del sistema musculoesquelético.
- Diplopía.
- Cataratas.
- Hipoacusia.
Si un postulante reprueba el examen médico, la Ley de Tránsito le permite solicitar una nueva evaluación al Servicio Médico Legal o a un establecimiento especializado que ese organismo designe. Si el resultado es favorable, esa evaluación prevalece sobre la anterior.
